Despedidos durante la pandemia: Derecho laboral y aspectos legales relevantes

La crisis del COVID-19 supuso un antes y un después en el ordenamiento jurídico español. El Gobierno implementó medidas excepcionales, como la famosa «prohibición de despedir», para proteger el tejido laboral. Sin embargo, miles de trabajadores fueron despedidos durante la pandemia, generando un aluvión de litigios que, a día de hoy, siguen llegando al Tribunal Supremo.

En este artículo, analizamos los aspectos legales de los despidos en época de pandemia y qué dice la justicia actual sobre la validez de aquellas extinciones de contrato.

1. La «prohibición de despedir»: ¿Realidad o mito?

El Real Decreto-ley 9/2020 estableció que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) derivadas del COVID-19 no podían utilizarse como causa justificada para el despido.

  • El objetivo: Obligar a las empresas a usar los ERTE en lugar de extinguir contratos.
  • La realidad: Muchas empresas despidieron de todas formas, alegando que la prohibición no era absoluta, lo que abrió un debate jurídico sin precedentes sobre si esos despidos eran nulos o improcedentes.

2. La postura del Tribunal Supremo: ¿Nulidad o Improcedencia?

Tras años de debate en los Tribunales Superiores de Justicia (incluyendo el de Canarias), el Tribunal Supremo dictó sentencia definitiva:

  • Un despido realizado incumpliendo la «prohibición» de la pandemia es, por norma general, improcedente, pero no nulo.
  • Diferencia clave: Si fuera nulo, la empresa tendría que readmitir al trabajador obligatoriamente. Al ser improcedente, la empresa puede elegir entre readmitir o pagar la [indemnización por despido] de 33 días por año trabajado.

3. La salvaguarda del empleo y los ERTE

Muchos de los despedidos durante la pandemia estaban afectados por un ERTE. Las empresas que se acogieron a las ayudas públicas tenían la obligación de mantener el empleo durante los 6 meses posteriores a la reanudación de la actividad.

  • Si una empresa incumplía este compromiso, debía devolver la totalidad de las exoneraciones de cuotas de la Seguridad Social de todos los trabajadores, no solo del despedido. Este es uno de los aspectos legales más relevantes que aún se están liquidando en inspecciones de trabajo.

4. ¿Se puede reclamar un despido de la pandemia hoy?

En derecho laboral, los plazos son muy estrictos (20 días hábiles). Sin embargo, existen casos de reclamaciones de cantidades o deudas de la Seguridad Social que tienen plazos de prescripción más largos (hasta un año o más según el caso).

  • Si el despido fue impugnado en su día y el proceso sigue «vivo» en el juzgado, la jurisprudencia actual del Supremo será la que determine el resultado final de tu sentencia.

5. Lecciones aprendidas para futuras crisis

La gestión laboral de la pandemia ha creado un precedente. Ahora sabemos que, ante crisis globales, el sistema prioriza la suspensión de contratos (ERTE) sobre la extinción. Para el trabajador, la lección es clara: ante una situación de fuerza mayor, siempre se deben revisar los [procedimientos legales en caso de despido injustificado] antes de aceptar una carta de despido.

¿Cómo puede ayudarte Dama con estos casos complejos?

Los despidos de la era COVID tienen una normativa muy específica. Nuestra asistente Dama tiene acceso a la cronología de los Reales Decretos de la pandemia para:

  1. Verificar si tu despido se produjo dentro de los periodos de «prohibición».
  2. Orientarte sobre si tu empresa cumplió con la salvaguarda de empleo.
  3. Ayudarte a entender las sentencias más recientes del Tribunal Supremo sobre estos casos.

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